1.- Si vendo una propiedad (casa, departamento, oficina, etc.) ¿debo pagar IVA?
Sólo se debe pagar IVA si es un vendedor habitual.
2.- Si estoy vendiendo la casa en la que vivo ¿Debo pagar IVA?
Por regla general no se debe pagar IVA, porque esa vivienda fue adquirida para su uso y no para la reventa, y por lo tanto, no se trata de un vendedor habitual respecto de esa propiedad.
3.- ¿Cómo sé si soy un vendedor habitual respecto de la propiedad que estoy vendiendo?
Los vendedores habituales son aquellos que compran una propiedad con ánimo de revenderla y no para su uso. ( Ej. Inmobiliarias, personas o empresas que compran propiedades usadas para repararlas y luego venderlas). También se presume como vendedor habitual, la venta de una vivienda efectuada antes de 1 año, contado desde la fecha de inscripción en Conservador de Bienes Raíces. Si la propiedad se compró sin el ánimo de revenderla y tiene una justificación para su venta antes de un año, debe indicar ante Notario a través de la Declaración Jurada al momento de firmar escritura.
4.- ¿Qué debo hacer al momento de vender una propiedad que no paga IVA?
Debe completar y presentar la Declaración Jurada sobre la venta de inmuebles no gravados o exentos de IVA ante Notario. Esta declaración se puede descargar en el sitio www.sii.cl,sección “Ayudas”, “Formularios”, “Impuesto al Valor Agregado”, opción “Declaración Jurada del artículo 75 del código Tributario”, y además está a disposición en todas las notarías del país.